Carta al director del diario "La República": Caso "Nancy Obregón - Narcoterrorismo"

Quienes deseen leer la carta (versión editada), ésta ha sido publicada en el diario "La República", el día 06 de agosto de 2013, en la página 6:
http://www.larepublica.pe/06-08-2013/cartas-06-08-2013

"Señor director:

La acusación fiscal y la detención judicial contra Nancy Obregón, ex congresista y militante del partido Gana Perú, por los delitos de lavado de activos y colaboración con el terrorismo, permiten inferir que se habría incurrido también en la comisión del delito contra la administración pública conocido como nombramiento indebido para cargo público.

El delito nombramiento indebido para cargo público se encuentra regulado en el artículo 381° del Código Penal de 1991. Dicho ilícito se configura cuando el funcionario público nombra a alguien que no reúne los requisitos legales para ocupar el cargo. Aquí se castiga tanto al funcionario público que contrata como al que acepta el cargo.

Para el caso que nos ocupa, el congresista Daniel Abugattás (funcionario público en actividad) contrató a la señora Obregón para que ella ocupe el puesto de asesora de la Oficina de Participación Ciudadana del Congreso de la República, a pesar que ella no tenía título profesional para desempeñarse en el cargo.

Peor aun, Abugattás pactó el nombramiento de Obregón pese a la existencia de indicios de las actividades de Obregón vinculadas con el narcotráfico. Ya desde antes de la campaña electoral del 2011 se sospechaba de los vínculos de Obregón con el narcotráfico. Así, en el 2010, en el marco del operativo “Eclipse Huallaga”, testigos claves refirieron sobre una presunta colaboración de Obregón y Elsa Malpartida para proteger los sembríos ilegales de hoja de coca e inclusive laboratorios clandestinos de cocaína.

Pese a todo ello, el congresista Abugattás insistió en contratar a Obregón para un puesto de confianza y luego la incluyó en su fenecido programa “Gestores por el cambio”; pagándosele a ella mensualmente S/. 7.189 soles, con recursos provenientes del erario nacional.

Con tal proceder ambos habrían vulnerado los requisitos exigidos en el artículo 7° de la Ley N° 28715: 
c) “No poseer antecedentes penales ni policiales, incompatibles con la clase de cargo”
d) “Reunir los requisitos y/o atributos propios de la plaza vacante”
e) “Los demás que se señale para cada concurso”
Y ambos, al haber infringido dichas exigencias legales, habrían cometido el ilícito penal nombramiento indebido para cargo público.

Luego, conforme al artículo 9° de la misma Ley N° 28715, tal nombramiento era nulo; lo cual no impedía aplicar las sanciones penales para sus infractores: “(…) Es nulo de pleno derecho el acto administrativo que las contravenga, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales (subrayado propio) de quien lo promueve, ordena o permita”.

En conclusión, el nombramiento de la señora Obregón por el congresista Abugattás como asesora de la Oficina de Participación Ciudadana del Congreso de la República amerita, como mínimo, que la Comisión de Fiscalización del Congreso de la República y el Ministerio Público efectúen las respectivas investigaciones y determinen si hubo o no la existencia de delito alguno.

Cordialmente. 
Juan Carlos Torres Márquez".

Nancy Obregón y el congresista del partido oficialista GANA PERÚ, Daniel Abugattás.
Carlincatura de fecha 02 de agosto de 2013. En: diario "La República", página 4.


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