EL Ostracismo, la Ostra y otros Moluscos


Por: Juan Carlos Torres Márquez (*)

En estos últimos meses, hechos recientes como la excarcelación de Lori Berenson (25 de mayo de 2010) y la marcha de pocos estudiantes en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (14 de junio de 2010), pidiendo la amnistía para su líder Abimael Guzmán, ex líder de la agrupación Sendero Luminoso (SL); causaron mucha indignación y consternación en la opinión pública peruana.
Ello se debe en gran parte al recuerdo de una década de violencia, cuyas secuelas y heridas aún se sienten.

En el caso de la decisión judicial que otorgó la libertad condicional a la ciudadana estadounidense Lori Berenson, el pasado 25 de mayo; como ya es de conocimiento público, ello ocasionó que muchos condenados por el delito de terrorismo buscarán similares beneficios.
Por ello, hicieron lo adecuado los representantes del Ministerio Público y de la Procuraduría Antiterrorista en apelar dicha resolución.

La pena correspondiente para la ex dirigente del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) es la expulsión de nuestro territorio nacional, ni bien termine de cumplir la pena en nuestro país.

Similares castigos se aplicaban en la sociedad ateniense del siglo V (antes de nuestra era), a todos aquellos ciudadanos atenienses, que por motivos políticos una asamblea de ciudadanos votaba mayoritariamente por su destierro u ostracismo (del griego óstrakon, “concha”) (1).

En nuestro país, en cambio, el destierro es una sanción punitiva judicial; que a diferencia del anterior, es una pena restrictiva de libertad, impuesta en mérito a una decisión judicial, debidamente fundamentada y con base en la Constitución y en las leyes se les aplica a determinadas personas: tanto a nacionales como a extranjeros.

Tratándose de los extranjeros, su regulación se encuentra contemplada en el artículo 30° numeral 2 del Código Penal Peruano, cuyo texto literalmente dice lo siguiente:
“Las penas restrictivas de libertad son:
(…)
2. La expulsión del país, tratándose de extranjeros.
Ambas se aplican después de cumplida la pena privativa de libertad. (…)”.

En ambos sucesos: la excarcelación de la ex emerretista, como en la marcha de protesta sanmarquina pro Guzmán tienen como denominador común una súplica por valores y principios correspondientes a la Democracia y a los Derechos Humanos.

Es irónico que miembros de organizaciones subversivas, tales como SL y el MRTA - quienes en el pasado habían afirmado enérgicamente que la democracia y los derechos civiles y políticos fueron una creación de la burguesía, por ende, tienen un sello de clase burgués, lo cual significa su condena -; sean ahora los primeros en reclamar que se les aplique en su favor esos criterios.
De igual modo ellos habían censurado el trabajo y hasta amenazaron a muchas organizaciones y colectivos dedicados a la promoción de los derechos humanos.

Ambos grupos, siguiendo el libreto común marxista-leninista, alabaron la lucha armada como medio político idóneo para capturar el poder, previa concientización de las masas trabajadoras y campesinas de las zonas rurales, particularmente de la Sierra Sur.
Así tenemos, los crímenes perpetrados por SL en Lucanamarca, Tarata, el asesinato de la dirigente popular Maria Elena Moyano, entre otros, al igual que, la toma de la residencia del embajador japonés, por parte del MRTA; son hechos harto conocidos por todos.

Por culpa de estas agrupaciones subversivas, sectores de la opinión pública creen que no solamente los grupos de izquierda demócratas son terroristas (2), sino también todos los que hablan o se dedican a la promoción y difusión de los Derechos Humanos, y el cuidado del Medio Ambiente. A dicha estigmatización contribuyó el aparato del servicio de Inteligencia Nacional dirigido por Vladimiro Montesinos Torres, durante la década de los noventa.

Si bien es cierto que algunos de sus miembros han abandonado la violencia como vía de ascenso al poder (3); ello no significa que hayan renunciado al discurso radical, ni que respeten la libertad de prensa adversa, como tampoco que no acudan a recetas económicas estatistas o populistas, de las que ya hemos padecido en otros tiempos.

En el ámbito jurídico, los miembros de ambas agrupaciones apuestan, hoy en día, por otra estrategia, reclaman la garantía del derecho a la defensa (regulado en el artículo 139° inciso 14 de la Constitución de 1993); asimismo imploran tanto al Congreso (artículo 102° inciso 6 de la Constitución de 1993), como al Poder Ejecutivo (artículo 118° inciso 21 de la Constitución de 1993), la aplicación de una amnistía y de un indulto, respectivamente.

En el colmo de sus apetitos, algunos postulan a ocupar cargos públicos: Alfredo Crespo, el abogado de Abimael Guzmán, presentó en una conferencia de prensa, realizada en la “Casa del Maestro” de Ayacucho, al “Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales”, con miras a las elecciones presidenciales del 2011; por otro lado, Aníbal Apari, la ex pareja sentimental de Lori Berenson, quien se presenta como candidato a la alcaldía de Villa El Salvador, por el movimiento “Gana Villa”, en las elecciones municipales y regionales de octubre de 2010 (4).

Aparentemente abandonaron la concha (subrayado nuestro) para convertirse en otra clase de molusco: la babosa.
¿Lo cual significaría acaso que todo aquel discurso revolucionario que otrora defendían ardorosamente era una babosada?
Si bien es cierto que no tienen ninguna autoridad moral para invocar algunos de estos derechos, mucho menos para postular a algún cargo público; no por ello, debemos rebajarnos a su nivel, debemos combatirlos, pero dentro de un marco legal y acudiendo al debate de ideas y a la sanción de la memoria.

No hace falta tener las dotes clarividentes del Pulpo Paul, para predecir la derrota total de estos personajes en las elecciones municipales y regionales próximas.

(*) Egresado de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú.
Ha trabajado en la Procuraduría Ad Hoc “Casos Fujimori – Montesinos” (2000-2006). También trabajó en el Estudio Jurídico “PORTOCARRERO-ZAMORA & VALEGA”. Asimismo, ha laborado en la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso de la República (2009-2010).
Actualmente es asesor consultor del Estudio Jurídico “Bronstein, Pachas, Neyra & Sánchez”.

(1) ANESA, NOGUER, RIZZOLI y LAROUSSE. Historia Universal, Tomo I, Volumen 9. Barcelona: Editorial NOGUER S.A., 1974, p. 130.

(2) ZAPATA, Antonio. “Izquierda Unida: 20 años atrás”. En diario LA REPÚBLICA, 04 de noviembre de 2009.

(3) MANRIQUE, Nelson. “Terror a la carta”. En diario LA REPÚBLICA, 13 de julio de 2010.

(4) Diario LA REPÚBLICA, 26 de mayo de 2010, p. 3.
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